Buscar este blog

lunes, 22 de septiembre de 2014

ENSAYO SOBRE ASUNTOS TRANSVERSALES EN LOS ACUERDOS Y/O TLC


ENSAYO:
ASUNTOS TRANSVERSALES EN LOS ACUERDOS Y/O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
CONFERENCISTA DR. ERIC TREMOLADA
DOCTOR EN RELACIONES INTERNACIONALES
DOCENTE INVETIGADOR UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA (BOGOTA)
El tratado de libre comercio es  acuerdo escrito mediante el cual dos o más países reglamentan de manera comprehensiva sus relaciones comerciales, con el fin de incrementar el comercio e inversión y por esa vía, su nivel de desarrollo económico y social.

Los TLC contienen normas y procedimientos tendientes a garantizar que el crecimiento  de bienes, servicios e inversiones entre los países que suscriben dichos tratados se realicen sin restricciones injustificadas y en condiciones transparentes y predecibles por lo tanto las ventajas que se son evidentes está
La eliminación gradual o paulatina de arancel, la búsqueda para  eliminar barreras arancelarias o restricciones, así los productos gozaran de beneficios. Como lo son  tratos que conllevan a traen acuerdos indefinidos que facilitan, los planes de inversión más delimitados (con mayor estabilidad) incluso el  aumento de la inversión para ir desarrollando una oferta más competitiva. Porque constituyen un medio eficaz para proveer un entorno estable y sin barreras para el comercio y la inversión de esta forma garantizar el acceso de los productos y servicios del país a los mercados externos. Al ser aprovechado por los empresarios nacionales, permite que la economía del país crezca, aumente la comercialización de productos nacionales, se genere más empleo, se modernice el aparato productivo, mejore el bienestar de la población y adicionalmente, se promueva la creación de nuevas empresas por parte de inversionistas nacionales y extranjeros.
Pero esto trae consigo una serie de fases las cuales se pueden definir como Fase inicial: en la que se determina como el cubrimiento  del proceso de negociación que cuando es exitosa se desemboca en la adopción y autenticación del texto en los idiomas de negociación. Que los obstáculos en acuerdo permiten comunicar y cooperar mejor el campo de los reglamentos técnicos con normas y procedimientos de evaluación en conformidad simplificando los procedimientos de certificación o requisitos administrativos de la eliminación de inscripción o los requisitos de autorización previa, armonización las normas técnicas en el desarrollo tales como el objetivos es buscar que sean sanitarias que no contaminen: animales ni personas; que sea competitivo; producto en óptimas condiciones como: Embalaje, madures; reglamentar normas y pruebas; para ellos se toman medidas de  salvaguardia en la que es la prohibición temporal de las importaciones que pueden entrar a un país cuando este se ve amenazado por el exceso aumento  de importaciones de un determinado producto siempre y
cuando dichas exportaciones induzcan a un daño o amenaza de daño grave a la producción nacional este es conocido como periodo de prueba determinado por diferentes competencias económicas manejando una serie de reglas que son claras para una necesidad economía en  mercados y estas deben cumplirse efectivamente libre competencia ;para ellos los acuerdos comerciales convienen prohibiciones a dichas prácticas anticompetitivas;  también prohibidas las fusiones obstaculizadas por  los criterios necesarios para determinar la procedencia nacional de un producto; relevancia obedece a que los aranceles y restricciones aplicados a la importación pueden cambiar según sea el origen de los productos importados.
En el marco de un acuerdo comercial entre dos o más países permite determinar si el producto importado se puede beneficiar o no de las preferencias arancelarias vínculo entre los productos y su lugar de producción original es lo que justifica la garantía de los productos elaborados en la respectiva zona según las  condiciones exigidas. Por ello normal mente se pacta a un  procedimiento de arbitraje cuyo resultado es vinculante para las partes donde se define como se pueden  integrar las listas de árbitros para los conformes denominados paneles  arbitrales que se decidirán en la controversia y se notificara su decisión en plazos razonables que pueden variar según el producto en cuestión (suelen ser cortos en bienes perecederos);una de las preguntas que hubieron: cuando se abrieron los mercados en Colombia de TLC: en Colombia se abrieron los mercados cuando comenzaron a luchar contra la droga y el sector avícola se declaró en alerta roja.
Pero consigo el tratado de libre comercio promete muchos cambios y beneficios como lo son una mayor diversificación en la composición sectorial del comercio exterior colombiano, un flujo significativo de nueva inversión extranjera, con repercusiones favorables en el volumen de exportaciones, la generación de empleo y la transferencia de tecnología, aumentos en la productividad gracias a la liberalización del comercio de servicios, nivelación de las condiciones de competencia frente a otros países que han logrado ventajas de acceso a mercados importantes mediante la firma de acuerdos de libre comercio
con Brasil, Argentina, los Estados Unidos, Canadá, y la Unión Europea.
Realizado por:
Angy Tarazona

. La dimensión moral del ser humano



Qué es la moral humana?



A menudo utilizamos esta palabra en el lenguaje cotidiano, por ejemplo, cuando afirmamos, tengo la moral alta o mi equipo se llevó la victoria moral. Sin embargo, en estas frases el término moral es utilizado para referirse a estados de ánimo psicológicos de la persona y no es éste el significado que damos al término moral en Filosofía (materia que estudiarás en Bachillerato y que trata del ser humano y la realidad en que vive).

La palabra moral viene del latín mos-moris, que significa costumbre, modo de vivir, el carácter o la forma de ser tanto de un individuo como de una sociedad, aunque también alude a norma, precepto. Siguiendo así, a los antiguos romanos, vamos a definir la moral humana como el conjunto de:
las normas que rigen la conducta de un individuo en una sociedad y las valoraciones que hacemos sobre actos humanos que consideramos desde la perspectiva de lo bueno o lo malo, lo justo o lo injusto, etc.



La Ética y la moral

Las personas no sólo actuamos moralmente, sino que, también reflexionamos sobre nuestro comportamiento o el de los demás, como cuando nos preguntamos ¿debo hacer esto?, ¿he hecho lo correcto?, ¿es justo que…?, etc. Esta inquietud humana por esclarecer su propio comportamiento moral dio lugar a la Ética, una disciplina que nace en la Grecia Clásica en el s. IV a. C. formando parte de la Filosofía, un valioso saber que estudiaras en cursos posteriores. El vocablo Ética viene del griego êthos, que significa "costumbre" o hábito y "carácter" o modo de ser, al igual que el término "moral" en latín, pero aunque coincidan en este aspecto, vamos a considerar a lo largo de este curso a la Ética como el estudio filosófico de la conducta moral, en general, diferenciándola de otros tipos de conducta.

Veamos, otros saberes, la Historia por ejemplo, nos dice cómo son los hechos humanos, la Ética, sin embargo, nos dice cómo deben ser; así mismo, estudia los valores y las normas morales, determina en qué consiste la responsabilidad moral, investiga si existe libertad en la conducta humana, analizar la obligación moral interrogando ¿Qué debo hacer?, ¿por qué?, ¿Cómo son los seres humanos, egoístas o generosos?, ¿son mejores unas personas que otras, o todas tienen la misma capacidad para ser buenas?, ¿por qué debería ser yo una buena persona?, etc.

Vamos a ver ahora, qué nos dice la Ética acerca de las acciones, las normas y los valores, que son los elementos fundamentales de la dimensión moral del ser humano




viernes, 19 de septiembre de 2014

CONTABILIDAD..


 

contabilidad general

aspectos generales de la contabilidad

EMPRESA


Aspectos fundamentales. La organización y las personas.
Temas:
v  Empresas
v  La contabilidad





         CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS:
1.    SEGUN SU OBJETIVO
ü  animo de lucro
ü  sin animo de lucro
ü  animo De Lucro: con el desarrollo de su objeto los socios pretenden una utilidad. Como: las personas naturales y Juridicas tales como sociedades comerciales, instituciones del sector financiero y asegurador; instituciones del Mercado de valores y instituciones del Mercado cambiaron.
ü  Sin Animo De Lucro: su objeto social se presta fundamentalmente a prestación de servicios de salud, educación, entre otros. Como las cajas de compensación, las cooperativas, los sindicatos y el fondo de Empleados.
2.    Según su actividad económica
ü  Empresas agropecuarias: producción de material prima como trigo, Ganado madera, animales de cría y engorde entre otros.
ü  Empresas mineras: su objeto es la explotación del recurso minero como carbón, esmeraldas, oro.
ü  Empresas industriales: transformación de materia prima en produce terminado. Como fabricas de colchones madera o telas.
ü  Empresas comerciales: las que se dedican a la compra y venta de productos terminados como las comercializadoras.
ü  Empresas de servicios: las que buscan satisfacer las necesidades humanas como salud, educación, seguridad, lavandería.
ü  Según la procedencia de capital: puede provenir del SECTOR PUBLICO O SECTOR PRIVADO.
SECTOR PRIVADO: son aquellas empresas que para su constitución y funcionamiento reciben aportes de entidades particulares.
SECTOR PUBLICO: son las que para su funcionamiento  reciben aportes del estado como las clinicas, hospitals y instituciones.
ü  Empresas mixtas: hay aportes tanto del sector public como privado como la empresa cens.
ü  Empresa según el numero de propietarios: puede ser propietarios único o las clases de sociedades que existen.
ü  Empresa Segun su tamaño: microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas  o la gran empresa.
SOCIEDAD COMERCIAL
DEFINICION:
Es un contrato, a través del cual dos o más personas se comprometen a hacer aportes en dinero, especie o trabajo; con el objetivo de destinarlos a formar una persona jurídica diferente a cada uno de sus integrantes, cuyo fin es repartirse las utilidades obtenidas con la actividad de la empresa.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
Ø  Según el objeto social: Civil, Mercantil
Ø  Según la división del capital: Sociedad colectiva, sociedad en comandita.
Ø  Según la participación del Estado: Sociedad estatal: (>90%), Sociedad Mixta (51%-90%), sociedad privada (<51%).
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
Empresa Unipersonal:
Una persona natural o jurídica que reúna las cualidades para ejercer el comercio, podrá destinar  parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. La empresa unipersonal, una vez inscrita en el registro mercantil forma una persona jurídica (articulo 71 ley 222 de 1995). Se denominara bajo la expresión o la sigla E.U
Empresas Asociativas de Trabajo
Organizaciones económicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo indefinido y algunos además entregan al servicio de la organización una tecnología o destreza, u otros activos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la empresa.
La razón social deberá ir acompañada de la denominación de “Empresa Asociativa de Trabajo” o “E.A.T”.
Según la responsabilidad:
La responsabilidad asumida por los socios frente a terceros.
Sociedad de Responsabilidad limitada:
Ø  La responsabilidad no se extiende más allá de los aportes.
Ø  El monto del capital esta dividido en cuotas de igual valor.
Ø  El numero máximo y mínimo de socios: 25 y 2 respectivamente.
Ø  Los órganos sociales: Asamblea de asociados y el representante legal y su nombre podrá ser razón social o denominación social, seguida de la palabra LIMITADA o LTDA abreviadamente.
Ø  Causales de disolución: exceder el número máximo de socios y por tener perdidas que reduzcan el capital a menos del 50%.
Sociedad Anónima:
Ø  Conformada por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.
Ø  Denominación: seguida de las palabras “sociedad anónima” o de las letras “S.A”.
Ø  Mínimo: 5 accionistas.
Ø  Capital social se divide en acciones de igual valor y los socios tendrán tantos votos como acciones posea.
Ø  Capital autorizado, capital suscrito, capital pagado.
Ø  Causales de disolución: 95% o mas de las acciones pertenezcan a un solo accionista y cuando sucedan perdidas que disminuyan el patrimonio neto por debajo del 50% del capital suscrito.
Sociedad Colectiva:
Ø  Los socios responden solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales.
Ø  Nombra completo o el solo apellido de alguno o algunos de los socios seguido de las expresiones “y compañía”, “hermanos”, “e hijos”.
Ø  Cada socio tendrá voto en las decisiones de la junta sin importar el valor de su participación.
Ø  Disolución: puede darse ya sea por muerte, por incapacidad o renuncia de algunos de los socios.
Sociedad en comandita
Ø  Socios gestores o colectivos y, socios comanditarios.
Ø  Se conforma con el nombre completo o solo apellido de uno o mas socios colectivos y se agregará la expresión “y Compañía” o la abreviatura “& Cia”.
Ø  El capital se divide en cuotas de igual valor.
Ø  Administración: esta asignada a todos y cada uno de los socios colectivos.
Ø  Disolución: por la desaparición de una de las categorías de la sociedad, ya sea de los socios colectivos o comanditarios.
Constitución de la sociedad
Se necesita escritura y constitución de una sociedad.
ESCRITURA DE CONSTITUCION DE  UNA SOCIEDAD:
1.    El nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes. Con el nombre de las personas naturales deberá indicarse su nacionalidad y documento de identificación legal, con el nombre de las personas jurídicas, la ley, decreto o escritura de que se deriva su existencia
2.     La clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma, formado como se dispone en relación con cada uno de los tipos de sociedad que regula este Código;
3.     El domicilio de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitución;
4.    El objeto social, esto es, la empresa o negocio de la sociedad, haciendo una enunciación clara y completa de las actividades principales. Será ineficaz la estipulación en virtud de la cual el objeto social se extienda a actividades enunciadas en forma indeterminada o que no tengan una relación directa con aquel
5.    El capital social, la parte del mismo que se suscribe y la que se paga por cada asociado en el acto de la constitución.
En las sociedades por acciones deberá expresarse, además, el capital suscrito y el pagado, la clase y valor nominal de las acciones representativas del capital, la forma y términos en que deberán cancelarse las cuotas debidas, cuyo plazo no podrá exceder de un año
6.    La forma de administrar los negocios sociales, con indicación de las atribuciones y facultades de los
administradores, y de las que se reserven los asociados, las asambleas y las juntas de socios, conforme a la regulación legal de cada tipo de sociedad
7.    La época y la forma de convocar y constituir la asamblea o la junta de socios en sesiones ordinarias o extraordinarias, y la manera de deliberar y tomar los acuerdos en los asuntos de su competencia
8.     Las fechas en que deben hacerse inventarios y balances generales, y la forma en que han de distribuirse los beneficios o utilidades de cada ejercicio social, con indicación de las reservas que deban hacerse;
9.    La duración precisa de la sociedad y las causales de disolución anticipada de la misma;
10. La forma de hacer la liquidación, una vez disuelta la sociedad, con indicación de los bienes que hayan de ser restituidos o distribuidos en especie, o de las condiciones en que, a falta de dicha indicación, puedan hacerse distribuciones en especie;
11.  Si las diferencias que ocurran a los asociados entre sí o con la sociedad, con motivo del contrato social, han de someterse a decisión arbitral o de amigables componedores y, en caso afirmativo, la forma de hacer la designación de los árbitros o amigables componedores
12.  El nombre y domicilio de la persona o personas que han de representar legalmente a la sociedad, precisando sus facultades y obligaciones, cuando esta función no corresponda, por la ley o por el contrato, a todos o a algunos de los asociados
13. las facultades y obligaciones del revisor fiscal, cuando el cargo esté previsto en la ley o en los estatutos
14.  Los demás pactos que, siendo compatibles con la índole de cada tipo de sociedad, estipulen los asociados para regular las relaciones a que da origen el contrato.

DATOS DE INTERES: dato ambiental reflexiona

DATOS DE INTERES: dato ambiental reflexiona : Dato ambiental Opina y reflexiona:                                                            ...