TRANSITO
ADUANERO
¿QUÉ ES
EL TRÁNSITO ADUANERO?
Es la modalidad establecida en el decreto
2685 que permite el transporte de mercancías nacionales o de
procedencia extranjera, bajo control aduanero, de una aduana a otra situadas en
el territorio aduanero nacional. En este régimen se pueden dar las modalidades
de tránsito, cabotaje y transbordo.
¿QUÉ ES
EL TRÁNSITO?
Operación aduanera de carácter principal
mediante el cual mercancías extranjeras son trasladadas bajo control Aduanero,
de una aduana a otra.
¿QUÉ ES
EL TRÁNSITO ADUANERO NACIONAL?
Operación aduanera con arreglo a la cual las
mercancías son transportadas bajo control aduanero, desde una aduana de partida
hasta una aduana de destino, ubicadas en el mismo país. Cuando el tránsito se
efectué a través del territorio aduanero nacional, los consignatarios deberán
presentar Garantía a fin de asegurar la salida de los efectos hacia su lugar de
destino.
¿QUÉ ES
EL TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL?
Es el régimen aduanero con arreglo al cual
las mercancías son transportadas bajo control aduanero, desde una Aduana de
partida hasta una aduana de destino en una misma operación en el curso de la
cual se cruzan una o Varias fronteras.
¿QUE
PERSONAS INTERVIENEN EN EL TRANSITO ADUANERO?
ü
Aduana
de salida
ü
Aduana
de paso
ü
Aduana
de llegada
¿QUÉ
TIPO DE MERCANCÍAS NO PODRÁN SER OBJETO DE TRÁNSITO?
No podrán ser objeto de tránsito las
mercancías inflamables, explosivas, de importación prohibida, las que
expresamente señale el Ministerio de Finanzas y las indicadas en las Leyes
Especiales. No obstante, en casos Especiales debidamente justificados el Jefe
de la Administración Aduanera podrá autorizar el tránsito de los las mercancías
de tránsito a través del Territorio Nacional estuvieren a la vez sometidas a
restricciones a la importación, deberá darse cumplimiento a estas últimas antes
del ingreso
¿QUÉ ES
CABOTAJE?
Es la modalidad del régimen de tránsito
aduanero que regula el transporte de mercancías bajo control aduanero, cuya
circulación esté restringida, por agua o por aire, entre dos puertos o
aeropuertos habilitados dentro del territorio aduanero nacional.
¿QUÉ ES
TRANSBORDO?
Es la modalidad del régimen de tránsito que
regula el traslado de mercancías del medio de transporte utilizado para la
llegada al territorio aduanero nacional, a otro que efectúa la salida a país
extranjero, dentro de una misma aduana y bajo su control sin que se causen
tributos aduaneros.
¿Cuáles
operaciones son permitidas bajo la modalidad de tránsito aduanero?
La modalidad de tránsito aduanero se solicita
y autoriza para las mercancías que estén consignadas o se cedan a la Nación,
las entidades territoriales y las entidades descentralizadas, a un usuario de
una zona franca, a un titular de un depósito privado, o cuando las mercancías
vayan a ser sometidas a una de las siguientes modalidades de importación:
a) Importación para la transformación o ensamble.
b) Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital.
c) Importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación-exportación.
d) Importación temporal para procesamiento industrial.
a) Importación para la transformación o ensamble.
b) Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital.
c) Importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación-exportación.
d) Importación temporal para procesamiento industrial.
¿CÓMO ES
EL PROCESO PARA LLEVAR A CABO UN TRÁNSITO ADUANERO?
El tránsito aduanero será autorizado por la
aduana si la carga se encuentran debidamente sellada y precintada desde el país
de procedencia, de forma tal que garantice que la mercancía no pueda ser
extraída de ellas, ni puedan introducirse otras, sin romperse los precintos
colocados en el puerto de embarque.
Para las mercancías sometidas a la modalidad
de tránsito aduanero, no habrá inspección aduanera en la aduana de partida,
salvo cuando la autoridad aduanera observe que la carga se encuentra en malas
condiciones exteriores, presenten diferencia de peso frente a lo señalado en el
documento de transporte, o se observen signos de violación de los sellos o
precintos de seguridad, en cuyo caso, deberá efectuarse la inspección física
correspondiente y se dejará constancia del resultado de la diligencia.
La autoridad aduanera determinará la duración
de la modalidad de tránsito de acuerdo con la distancia que separe la aduana de
partida de la de destino. Dicho término se contará a partir de la fecha de
autorización del régimen y se consignará en la declaración de tránsito
aduanero. Para la ejecución de la operación de tránsito aduanero, los medios de
transporte deberán utilizar las rutas más directas entre la aduana de partida y
la de destino.
¿CÓMO SE
FINALIZA LA OPERACIÓN DE TRÁNSITO ADUANERO?
La modalidad de tránsito aduanero finaliza con la entrega de la carga al depósito o al usuario operador de la zona franca, según corresponda, quien recibirá del transportador la declaración de tránsito aduanero, ordenará el descargue y confrontará la cantidad, el peso y el estado de la carga con lo consignado en dicho documento. Si existiere conformidad registrará la información en el sistema informático de la aduana.
La modalidad de tránsito aduanero finaliza con la entrega de la carga al depósito o al usuario operador de la zona franca, según corresponda, quien recibirá del transportador la declaración de tránsito aduanero, ordenará el descargue y confrontará la cantidad, el peso y el estado de la carga con lo consignado en dicho documento. Si existiere conformidad registrará la información en el sistema informático de la aduana.
Si se presentan inconsistencias entre los
datos consignados en la declaración de tránsito aduanero y la mercancía
recibida, o si se detectan posibles adulteraciones en dicho documento, o
irregularidades en los empaques, embalajes y precintos aduaneros de la mercancía
que es objeto de entrega, o ésta se produce por fuera de los términos
autorizados por la aduana de partida, el depósito o el usuario operador de la
zona franca elaborará y remitirá a la aduana el acta correspondiente, la cual
deberá ser firmada por el transportador e informará de inmediato a las
autoridades aduaneras a través del sistema informático aduanero.
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